Un experto en seguridad vial, sobre la obligatoriedad de los chalecos en las motos: "Nos la acaban de meter doblada"

Un experto en seguridad vial, sobre la obligatoriedad de los chalecos en las motos:

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El exguardia civil, Juan Carlos Toribio, a través de su canal de YouTube (@Desterrado), ha dado su opinión sobre la reforma que obliga a los conductores a llevar el chaleco reflectante de alta visibilidad en sus motocicletas.

El pasado 23 de junio, el Consejo de Ministros aprobó una serie de nuevas normativas para los usuarios vulnerables en la vía con el fin de mejorar su seguridad vial y que entraran en vigor muchas de ellas el próximo 1 de octubre de este 2026 tras la reforma del Reglamento General de Circulación mediante el Real Decreto 518/2026 .

Entre estas nuevas medidas, Juan Carlos Toribio , conocido por su activismo a favor de la seguridad vial, destacó una que "todo el mundo ha omitido" y hace referencia a que los motoristas deberán llevar en su equipamiento obligatorio un chaleco reflectante homologado , al igual que el que portan los conductores de coches o camiones en sus vehículos. Es decir, Toribio señala lo siguiente tras leer la reforma: "A los conductores de motocicletas se nos obligará a utilizar el chaleco de alta visibilidad certificado por la norma europea EN 471".

¿Qué artículo del RGC obliga a llevar el chaleco reflexivo a los motoristas?

En concreto, el cambio en la normativa se establece en el artículo 118.4 : "Los conductores de motocicletas, turismos, autobuses, automóviles destinados al transporte de mercancías, vehículos mixtos, conjuntos de vehículos no agrícolas, así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento, deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad , de acuerdo con los requisitos de los equipos de protección individual, que figura entre la dotación obligatoria del vehículo, cuando salgan de este y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas".

Además, Toribio indica que el Real Decreto también modifica el Reglamento General de Vehículos en su apartado 3 del anexo XII , que tiene como título "Accesorios, repuesto y herramientas de los vehículos", con el siguiente contenido: "Las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad que reúna los requisitos de los equipos de protección individual".

¿Cuál es la opinión de Juan Carlos Toribio sobre la obligatoriedad del chaleco?

El experto en seguridad vial primero exclama: "Nos la acaban de meter doblada". Y pone el ejemplo de las patrullas del Seprona de la Guardia Civil que deberán llevar los chalecos cuando estén trabajando por los caminos, así como "policías locales o la Policía Nacional, todo el mundo con el chaleco de alta visibilidad", argumenta Toribio.

Después, el exguardia civil pide la dimisión del Consejo de Ministros y especifica que estos cambios legislativos "no son normales". También, Toribio señala dónde se pueden incluir los chalecos en algunas motocicletas que no tienen ese espacio para guardarlos. Por último, pide a los motoristas que participen más en la denuncia de estos cambios normativos.

Multa por no llevar el chaleco reflectante

Actualmente, la Dirección General de Tráfico califica como una infracción grave el deambular por la calzada o el arcén sin el chaleco, por lo que sanciona al conductor infractor con una multa de 200 euros y la retirada de 200 euros .

Por otro lado, en caso de que los agentes de tráfico revisen el vehículo y no lleves al menos un chaleco en el interior del habitáculo , supondrá la multa de 50 euros.

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